A los tres acusados el fiscal les imputa delito de prevaricación y pide una condena de diez años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.
Dice el fiscal en su escrito que los acusados:
“…Conocedores de la normativa administrativa en materia de contratación, sabedores de la inexistencia de causas técnicas que justificasen la fragmentación de la contratación, con la finalidad de tramitar los distintos contratos sin publicidad adjudicándolos de forma directa, actuando en total connivencia, procedieron a informar y resolver a favor de la fragmentación de la contratación de la realización de las obras de la segunda fase del Coso Polivalente de Puertollano; la ejecución de obra ascendió a 2.598.451,54 euros, cuyo gasto se fraccionó en 69 expedientes…”
“Continuando con la ejecución del plan preconcebido entre los tres acusados, sin la existencia de causas técnicas que justificasen dicho fraccionamiento, y conocedor de la ilegalidad de su actuar, el acusado EUGENIO ÁNGEL MANSO, Arquitecto Técnico Municipal, emitió el día 14 de enero de 2008 informe a favor del fraccionamiento…”
“Basándose en el citado informe, sin ningún tipo de justificación y consciente de su ilegal actuar, el acusado JUAN LUIS VAZQUEZ CALVO, en su condición de Secretario General del Ayuntamiento, redactó informe de fecha 15 de enero de 2008 (reiterando igualmente y consecuente al informe técnico, informe el día 12.05.2008) en el cual daba el visto bueno al previo informe emitido por el Arquitecto Técnico Municipal y en consecuencia informando a favor del fraccionamiento de la contratación de la obra, no obstante conocer los límites legalmente establecidos.”
“De esta forma, burlando la normativa administrativa en materia de contratación, eludiendo los mecanismos de contratación con publicidad que corresponderían por la cuantía de la obra, sin resolución-aprobación por el Pleno del Ayuntamiento, tras la selección de forma unilateral de los distintos ofertantes por parte del Arquitecto Técnico Municipal (solicitud de tres ofertas de empresa), y basándose en los informes del Arquitecto Municipal y del Secretario del Ayuntamiento, el acusado JOAQUIN CARLOS HERMOSO MURILLO, entonces Alcalde del Ayuntamiento de Puertollano, dictó las respectivas resoluciones unilaterales de adjudicación de la contratación, de forma personal y directa a las empresas propuestas.”
“Esos hechos narrados, de los que hemos transcrito sólo una parte de ellos, suponen para el fiscal un delito de prevaricación administrativa del Artº. 404 del Código Penal y pide para las acusados condena de diez años de inhabilitación especial”, aseguran desde IU.
Izquierda Unida coincide con el Fiscal en esta calificación pero no está de acuerdo con el resto de los planteamientos, por insuficiente. El Ministerio Público no ejerce su acusación por el resto de los delitos que afloraron como consecuencia de la instrucción de este Procedimiento penal.
"La instrucción ha sacado a la luz, de manera más que indiciaria, la comisión de un delito de falsedad en documentos públicos, de un delito de estafa procesal y de un delito de inducción al falso testimonio, todos ellos presumiblemente cometidos por estos acusados y dentro de los mismos procesos: administrativo y penal. Por ello I.U. va a continuar ejerciendo la acusación particular para la clarificación total de las actuaciones tanto del Alcalde Socialista –Sr. Hermoso Murillo- como de los altos funcionarios del Ayuntamiento que se brindaron para llevar a cabo la actividad prevaricadora".
"El proceso está avanzado, resta por calificar las acusaciones particulares (I.U. y P.P.) y los escritos de defensa. Es muy probable que en los primero meses de 2018 veamos el desarrollo de esta lamentable historia".