El Pleno recurre al Contencioso el absentismo de los municipios en la Comunidad del Montoro

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29Abril 2021
Puertollano
El Pleno recurre al Contencioso el absentismo de los municipios en la Comunidad del Montoro

El Pleno de la Corporación Municipal en la sesión ordinaria de abril ha tratado diversos asuntos judiciales. En concreto ha acordado interponer recurso contencioso administrativo contra la denegación tácita por los Ayuntamientos de Almodóvar del Campo, Cabezarrubias del Puerto, Mestanza e Hinojosas de Calatrava de asistencia a la sesión del 6 de abril de la Comunidad de Usuarios del aprovechamiento de aguas del embalse del Montoro.

La concejala de patrimonio y contratación, Ana Carmona, explicó que se trata de que los ayuntamientos cumplan con los compromisos asumidos con los costes de la obra del Ciclo Integral del Agua. “A día de hoy no los asumen y además inasisten de forma reiterada a las reuniones de la mencionada Comunidad (un consorcio) creando una situación de indefensión a este Ayuntamiento y sobre todo a los ciudadanos y ciudadanas de Puertollano que sí están pagando de forma rigurosa la deuda contraída con Aquaes”.
 
El Ayuntamiento de Puertollano ha mantenido en todo momento la buena fe entre administraciones, “pero nos vemos avocados a acudir a la Justicia para defender el interés legítimo de los ciudadanos y las ciudadanas de Puertollano”, indicó Carmona.
 
En este sentido, matizó que no se pretende abrir polémica con los alcaldes de estos municipios, con los que comparten intereses comunes, como se evidenció en la manifestación del pasado viernes en defensa del empleo en el Complejo Industrial.
 
Carmona apeló entre todos debe asumir y compartirse las responsabilidades y costes a las que se comprometieron con la firma y ratificación en sus respectivos Plenos. “En un tema tan sumamente delicado y básico como es el de abastecimiento de agua potable con el que este Ayuntamiento no quiere jugar”.
 
La alcaldesa, Isabel Rodríguez, dijo que ha habido voluntad de diálogo, no es la primera acción, este es el último recurso sin acritud personal y política, y “hay argumentos suficientes para presentarnos en este contencioso““
 
Personación en el recurso contencioso-administrativo de justiprecio
 
El Pleno también ha decidido personarse en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Dayar 2000 SL, Procedimiento Ordinario 60/2020 en relación con la solicitud de fijación de justiprecio en expediente de expropiación EX/CR-024/19, y oponerse al mismo, ejerciendo las correspondientes acciones para la defensa de la validez y legalidad del acuerdo recurrido.
 
Desestimado el recurso contra la adjudicación del Chiringuito
 
El Pleno ha desestimado el recurso de reposición interpuesto por Fuente Agria Hostelería SL contra la concesión de la explotación del chiringuito del Paseo de San Gregorio
 
El concejal de hacienda, Félix Calle, defendió que el procedimiento se ha hecho conforme a la legalidad vigente avalado por un informe técnico que desmiente cada una de las irregularidades presentadas en el recurso de reposición, que en todo caso debería haberse planteado ante el Pleno y no en la mesa de contratación y “no obstante lo hemos admitido”.
 
Calle apeló a la transparencia del equipo de gobierno en cada una de las licitaciones, con competencia e igualdad para todas las empresas. “Las mesas de contratación son una actividad casi reglada y no tenemos potestad política para decir quien sí o quien no se queda con una licitación”.
 
Inadmisión del recurso contra la resolución del programa urbanizador del Abulagar
 
Por otra parte, el Pleno ha declarado la inadmisión del recurso planteado por haber transcurrido el plazo para su interposición contra el acuerdo del 23 de enero de 2020 de resolución de la adjudicación del programa de actuación urbanizadora del Sector IV ”El Abulagar“.
 
Aumenta a seis meses el procedimiento sancionador de terrazas
 
El Pleno ha aprobado la modificación parcial de la Ordenanza Municipal Reguladora de la instalación de terrazas y elementos auxiliares en terrenos de uso público.
 
Con esta enmienda el plazo para resolver y notificar un procedimiento sancionador por la comisión de infracciones a la presente ordenanza será de seis meses, a contar desde la fecha del acuerdo de iniciación.”
 
Para la imposición de las sanciones requerirá  la previa incoación e instrucción del procedimiento correspondiente, el cual se sustanciará con arreglo a lo dispuesto en la vigente Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás normas de desarrollo.
 
 El acuerdo de iniciación podrá ordenar la adopción de medidas provisionales que resulten necesarias para garantizar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, tales como la retirada de las instalaciones ilegales o la suspensión de su funcionamiento.
 
Cuando la sanción tenga únicamente carácter pecuniario, el órgano competente para resolver el procedimiento aplicará reducciones del 20 % sobre el importe de la sanción propuesta en infracciones leves, del 30% en graves y del 40% en muy graves, siendo éstos acumulables entre sí.
 
Director de Desarrollo Urbano Sostenible
 
El Pleno de la Corporación ha aprobado la modificación puntual de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento para incluir el puesto de trabajo de director de desarrollo urbano sostenible, que ejercerá las funciones de dirección, impulso, coordinación y seguimiento de los servicios de urbanismo del Ayuntamiento, así como dar soporte al equipo de gobierno en asuntos de especial trascendencia en la ciudad.
 
Actualización de la subvención al servicio urbano de autobuses
 
Asimismo el Pleno ha acordado actualizar el techo máximo de subvención al déficit al transporte colectivo urbano de viajeros para el ejercicio 2020 en la cantidad de 916.892,63 euros, resultado de la bajada del IPC del ejercicio 2020, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de Pleno de este Ayuntamiento de 17 de diciembre de 2014, por el que se acordaban las condiciones del contrato del servicio público de transporte urbano de viajero en autobús regular de uso general.
 
Tasa de derechos de examen de opositores
 
Además se ha aprobado provisionalmente la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen. Las cuotas a satisfacer por cada uno de los opositores se fijan en función a la plaza a cubrir, de 41,62 euros de grupo A1 y A2, 26,01 de C1, 15,61 de C2 y 10,4 del E.
 
Estarán exentos del abono de la tasa aquellos aspirantes que tengan la condición legal de demandantes de empleo, y no perciban prestación ni subsidio, excluyéndose a aquellos que se encuentran en mejora de empleo, durante al menos un mes antes de la fecha de presentación de solicitudes y hasta la presentación de la solicitud correspondiente. Para tener derecho a la exención, deberán acreditar tal situación mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo.
 
El concejal de hacienda, Félix Calle, argumentó que las convocatorias de empleo público que se realicen conllevan la prestación de un servicio por parte del Ayuntamiento. “Se ha tomado en consideración aquellos costes que tienen relación directa y en cualquier caso los ingresos obtenidos por la aplicación de la tasa por derecho a examen, en función del grupo al que pertenezca la plaza objeto de la convocatoria, serán inferiores a estos costes.

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