La Audiencia archiva definitivamente la causa por la consolidación de plazas de matarife en Puertollano

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16Junio 2021
La Audiencia archiva definitivamente la causa por la consolidación de plazas de matarife en Puertollano

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha ratificado el archivo del procedimiento penal por presunta prevaricación administrativa en la amortización de 12 plazas de ayudante de matarife aprobada por el pleno del consistorio de Puertollano (Ciudad Real) en 2010, vinculada al proceso de consolidaciones de la época, y denunciada por la Plataforma de Funcionarios Interinos Despedidos del Ayuntamiento (FIDAP).

En el proceso fueron investigados el alcalde Joaquín Hermoso Murillo, secretario e interventora accidentales, el concejal de personal y resto de concejales de la corporación
 
En un auto de 7 de junio de 2021, consultado por Europa Press, la Audiencia Provincial desestima el recurso de apelación presentado por FIDAP, ratifica la resolución en primera instancia del Juzgado de Puertollano en un auto de 20 de enero de 2021, y concluye, consecuentemente, que no resulta debidamente justificada la comisión de delito de prevaricación administrativa, en virtud de la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo.
 
En el mismo sentido los magistrados estiman que el procedimiento encuentra acomodo normativo en la Ley del Estatuto Básico del Empleo Público y no se ha logrado acreditar que se tratase de beneficiar a personas concretas de las que desempeñaban el cargo de ayudante de matarife.
 
Entre otros fundamentos de derecho, la Audiencia respalda que del resultado de las diligencias de investigación practicadas no se ha acreditado que existan indicios de que en los investigados (el alcalde Joaquín Hermoso Murillo, secretario e interventora accidentales, concejal de personal y resto de concejales asistentes al pleno de 25 de marzo de 2010 del Ayuntamiento de Puertollano) concurran los elementos que configuran el delito de prevaricación administrativa del artículo 404 del Código Penal, es decir, resolución arbitraria en un asunto administrativo.
 
Los magistrados recuerdan que el procedimiento se enmarca en un proceso de funcionarización y de consolidación de empleo temporal, con amortización de 167 plazas de personal laboral y la creación de 231 plazas de plantilla de personal funcionario, que fue fiscalizado por la Sindicatura de Cuentas de Castilla-La Mancha, la cual consideraba en su informe que el proceso encuentra "acomodo normativo" en Ley del Estatuto Básico del Empleo Público.
 
En este sentido el auto, contra el que no cabe recurso, asume que el proceso de funcionarización exigía la modificación y aprobación de puestos de trabajo que justificaran la readscripción de cada puesto afectado, "lo que parece permitir que los puestos de trabajo reconvertidos no tengan que coincidir con los de los interinos existentes".
 
"Igualmente es determinante señalar, en el ámbito subjetivo, que es preciso no sólo participar sino también superar un proceso selectivo, esto es, no todos los aspirantes acabarán accediendo a la carrera funcionarial", subraya la resolución.
 
La sala entiende asimismo que el procedimiento permitía que las plazas que desaparecen puedan integrarse en otras existentes o creadas en la nueva estructura, "pues a nadie escapa que en un proceso de consolidación debe buscarse por la propia administración una reducción importante de la plantilla eventual, instaurando un proceso de racionalización de los gastos adecuando la plantilla a las necesidades efectivas de la entidad".
 
"Por otra parte, si se descarta a aquellos cuyas funciones quedan suprimidas, se produciría una discriminación evidente entre unos empleados y otros, particularmente en niveles de la Administración que no requieren de una especial cualificación", remacha.
 
El auto también alude a un informe emitido por el secretario general del Ayuntamiento en 2019 que sostiene que las plazas de ayudante de matarife eran efectivamente de carácter estructural y presupuestariamente dotadas como ayudantes y en la Relación de Puestos de Trabajo aprobada en Pleno de 26 de enero de 2006.
 
"No hubo tampoco impugnación de las diversas resoluciones adoptadas, con la práctica unanimidad de los grupos políticos y sindicales, ante la jurisdicción competente, ni se ha logrado acreditar, como se ha venido sosteniendo por la acusación, que se tratase de beneficiar a personas concretas de las que desempeñaban el cargo de ayudante de matarife", recalcan los magistrados.
 
La sala incorpora, además, otros argumentos que permiten "descartar" la acreditación del delito investigado. En este sentido añade que en el proceso de consolidación han intervenido "multitud de personas" tanto del propio Ayuntamiento como de otras entidades o colectivos, "sin que se haya podido determinar a quién se achaca de forma concreta la actuación prevaricadora o qué resoluciones concretas pecan de tal ilegalidad, obviándose los períodos de tiempo de estancia en algún cargo relacionado con el proceso y qué resoluciones relevantes acontecieron en el mismo".
 
Además, según la Audiencia, el proceso ha tenido un carácter "netamente prospectivo, pretendiendo elaborar una auditoría o causa general de la actuación administrativa en busca de algún tipo de ilegalidad que justifique el mantenimiento de la causa, de una duración excesiva, por lo demás".
 
En diciembre de 2018, a petición de la Fiscalía, el juzgado citó en condición de investigadas a 23 personas, incluidos concejales de PSOE, PP e IU, secretario e interventora accidental, que intervinieron en el acuerdo plenario de amortización de las 12 plazas de ayudante de matarife, en las diligencias de la causa judicial interpuesta contra el Ayuntamiento por presunto delito de prevaricación administrativa en el proceso de consolidación de estas plazas en el año 2010.
 
Los representantes de la plataforma FIDAP insistían en que se crearon puestos de trabajo "con nombres y apellidos", sin oferta pública de empleo, para unos puestos de trabajo que a día de hoy siguen sin desempeñarse, y para ello se tuvieron en cuenta unos méritos que jamás se llegaron a producir porque en el matadero hacía más de tres años que no se sacrificaban animales.
 
El origen del caso fue la demanda interpuesta ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Puertollano por 18 de los 69 exfuncionarios interinos que fueron despedidos en diciembre del 2011 como consecuencia de la aplicación del plan de ajuste económico financiero, durante el mandato de Joaquín Hermoso Murillo.
 
La iniciativa del colectivo cristalizó en una acusación de la Fiscalía por la consolidación de las controvertidas plazas del matadero municipal.
 
Europa Press

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