La nueva Ordenanza tiene por objeto armonizar los distintos usos de las vías y los espacios urbanos, incluidos el peatonal, el de circulación y estacionamiento y el transporte de personas, con la especial relevancia del transporte público, y la distribución de mercancías, y el uso cultural, deportivo, turístico y lúdico.
Se establecerán las condiciones para la utilización y circulación de los denominados VMP (vehículos de movilidad personal), conforme a la obligación de diligencia y precaución necesarias que deben cumplir las personas que los conducen, con el fin de evitar daños propios y/o ajenos, además de las condiciones de su circulación para garantizar la seguridad vial.
Igualmente se regularán los espacios para carga y descarga de mercancías, habilitación y redistribución de las zonas naranja de residentes entre otras.
Asimismo, es objeto de la presente Ordenanza es hacer compatibles los citados usos de forma equilibrada con la garantía de la seguridad y la salud de las personas, la seguridad vial, la necesaria fluidez del tráfico y la adecuada distribución de los aparcamientos, la mejora de la calidad del aire y la protección del medio ambiente, y los derechos de las personas con movilidad reducida, la protección de la integridad del patrimonio público y privado, y garantizar la accesibilidad universal, de las personas, tanto residentes como visitantes, respetando al máximo la libertad de elección entre diferentes modos de desplazamiento, y asegurando la calidad de vida y el derecho al descanso de las personas residentes.
Por tanto, en el uso de los distintos modos de desplazamiento se procurará evitar o minimizar los impactos ambientales, en los que puedan ser afectados niños y niñas, personas mayores, personas enfermas de vías respiratorias, personas con discapacidad o diversidad funcional.
Por todo ello, y dentro del marco urbano de la movilidad sostenible, segura y saludables, y debido a la a complejidad creciente del aumento del tráfico rodado junto con la necesidad de compartir el territorio entre todos los modos de transporte en la ciudad y hacerlo de una forma sostenible, se hace necesario incorporar las novedades normativas en este campo y adaptar estas disposiciones de carácter general a las peculiares condiciones de nuestra ciudad en pleno siglo XXI, dando un contenido eminentemente urbano y pensando en las personas y en una movilidad sostenible que mejore la circulación de vehículos y peatones, prestando especial atención a las personas con movilidad reducida, el transporte público, la marcha a pie, el uso de la bicicleta y otros elementos mecánicos sin motor, así como las áreas de la ciudad con velocidad limitada y las zonas de baja emisión.