Según el escrito de conclusiones provisionales del Ministerio Fiscal, el acusado vivía con su tía hasta el momento de su fallecimiento en junio de 2015 y, fruto de esa convivencia y relación de parentesco, le había otorgado un poder especial para gestionar su patrimonio en 2014, además de nombrarle persona autorizada para administrar sus cuentas corrientes.
De esta forma el acusado, aprovechando que su tía tenía las facultades cognitivas afectadas por su edad y padecía una enfermedad que le provocaba ceguera, con ánimo de obtener un enriquecimiento ilícito, utilizó en su propio beneficio y sin consentimiento de la perjudicada disponer de distintas cantidades de dinero de las cuentas corrientes de su tía.
Concretamente, entre los meses de noviembre de 2014 y de junio de 2015, periodo en el que el deterioro cognitivo de su tía entró en una fase severa hasta culminar en su fallecimiento, el acusado realizó distintas disposiciones de dinero hasta un importe de 157.000 euros.
La Fiscalía sostiene que la perjudicada por esta acción como titular de los fondos fue su tía, pero, fallecida ésta, también resultaron perjudicados sus legítimos herederos, que eran el resto de sobrinos, tal y como recogía el testamento de la fallecida.
EFE.